sábado, 12 de noviembre de 2011

ULTIMATE FIGHTING CHAMPIONSHIP

CAÍN VELÁSQUEZ  VS.  JUNIOR DOS SANTOS 
PESO COMPLETO


PRELIMINARES:

GUIDA  VS  HENDERSON
POIRER  VS  GARZA
SWANSON  VS  LAMAS
JOHSON  VS  HARVISON
YAMAMOTO  VS  UYENOYAMA
SEMERZIER  VS  PERALTA
CÁCERS  VS  ESCOVEDO
PIERCE  VS  BRADLEY
ROSA  VS  LUCA



SÁBADO 12 DE NOVIEMBRE,  9 PM, 
ANAHEIM, CA.

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VIDEO CUANDO CAÍN VELÁSQUEZ, PRIMERA VEZ EN LA HISTORIA, SE CONVIRTIÓ EN EL CAMPEÓN INDISCUTIDO PESO COMPLETO DEL 'ULTIMATE FIGHTING CHAMPIONSHIP' CONTRA EL CALIFORNIANO, BROCK LESNAR, EL 23 DE OCTUBRE, 2010, EN ANAHEIM, CALIFORNIA:




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VIDEO DONDE  EL BRASILEÑO JUNIOR DOS SANTOS SE CONVIERTE EN CAMPEÓN MUNDIAL INDISCUTIDO DE  LOS PESOS COMPLETOS DEL UFC, DERROTANDO AL MEJICANO CAÍN VELÁSQUEZ POR K.O. A LOS 48 SEGUNDOS DEL PRIMER ASALTO:



viernes, 4 de noviembre de 2011

La historia de las cosas

Las cosas tienen su historia y en el actual sistema el hombre las produce infinitamente, solo que nuestro planeta no es infinito. Annie Leonard nos presenta qué está detrás de la historia de las cosas:



El dinero es deuda

El presente documental nos narra la historia del dinero, un tema clave y muy pertinente en lo que respecta a la actual crisis económica que experimenta el capitalismo a escala mundial:



miércoles, 2 de noviembre de 2011

Participación ciudadana y ética revolucionaria

Con la aprobación de la constitución de la República Bolivariana de Venezuela el 15 de diciembre de 1999, se dio un gran paso hacia la refundación de la república  y a la construcción de un nuevo estado con el cual se pretende la creación de a una nueva sociedad democrática, participativa y protagónica. Se establecieron unos valores y principios fundamentales, que constituyen la base para lograr cambios estructurales en la sociedad venezolana y desmontar una vieja institucionalidad.  Se aspira a lograr una nueva institucionalidad regida por unos principios fundamentales, entre los que se destaca, primordialmente, la ampliación de los derechos de participación que tiene las comunidades en la gestiones de cada uno de los poderes públicos. Para tal efecto, el artículo 62 del texto constitucional dice lo siguiente:
“Todos los ciudadanos y ciudadanas tienen el derecho de participar libremente en los asuntos públicos  directamente o por medio de sus representantes elegidos o elegidas.
La participación del pueblo en la formación, ejecución y control de la gestión pública es el medio necesario para lograr el protagonismo que garantice su completo desarrollo, tanto individual como colectivo. Es obligación del Estado y deber de la sociedad facilitar la generación de las condiciones más favorables para su práctica.”
Escarrá, (2003) declara: “El artículo 62 constitucional se nos presenta como un imperativo del más alto orden que constituye al ciudadano como un verdadero contralor social, quienes a través de los distintos mecanismos y formas de participación establecidos en el ordenamiento jurídico, entablan una dialéctica permanente y constante con las instituciones y órganos que conforman al Estado, a los efectos de llevar la conducción de la actividad gubernamental”. Se entiende que la participación tiene que ver con la formación, ejecución y control de la gestión pública, y la respectiva garantía del ejercicio de este derecho. 
El artículo 70 también reza:
“Son medios de participación y protagonismo del pueblo en ejercicio de su soberanía, en lo político: la elección de cargos públicos, el referendo, la consulta popular, la revocación del mandato, las iniciativas legislativa, constitucional y constituyente, el cabildo abierto y la asamblea de ciudadanos y ciudadanas cuyas decisiones serán de carácter vinculante, entre otros; y en lo social y económico: las instancias de atención ciudadana, la autogestión, la cogestión, las cooperativas en todas sus formas incluyendo las de carácter financiero, las cajas de ahorro, la empresa comunitaria y demás formas asociativas guiadas por los valores de la mutua cooperación y la solidaridad.”
El ciudadano común está consciente de que ahora dispone de unos medios y mecanismos jurídicos para ejercer la participación. El artículo 2 de la Ley Orgánica de los Consejos Comunales define:
“Los consejos comunales, en el marco constitucional de la democracia participativa y protagónica, son instancias de participación, articulación e integración entre los ciudadanos, ciudadanas y las diversas organizaciones comunitarias, movimientos sociales y populares, que permiten al pueblo organizado ejercer el gobierno comunitario y la gestión directa de las políticas públicas y proyectos orientados a responder a las necesidades, potencialidades y aspiraciones de las comunidades, en la construcción del nuevo modelo de sociedad socialista de igualdad, equidad y justicia social.”
Cuando se habla de “gestión directa de políticas públicas” se hace referencia a la implementación de toda esa gama de políticas que debe implementar el Estado teniendo como protagonista a las comunidades organizadas. Ahora, hay que preguntarse si esta participación activa de las comunidades se desarrolla, con el mismo entusiasmo, en todas las políticas trazadas por el Estado, en cumplimiento del Plan Nacional de Desarrollo Económico y Social 2007-2013; de la misma forma, si hay una participación efectiva de las comunidades, por ejemplo, en las políticas de educación y preservación del medio ambiente. Para responder a estos interrogantes hay que establecer primero si el Estado venezolano actualmente legisla sobre la protección del medio ambiente y/o desarrolla políticas ambientales. 
El artículo 127 dice:
“Es un derecho y un deber de cada generación proteger y mantener el ambiente en beneficio de sí misma y del mundo futuro. Toda persona tiene derecho individual y colectivamente a disfrutar de una vida y de un ambiente seguro, sano y ecológicamente equilibrado. El Estado protegerá el ambiente, la diversidad biológica, los recursos genéticos, los procesos ecológicos, los parques nacionales y monumentos naturales…
Es una obligación fundamental del Estado, con la activa participación de la sociedad, garantizar que la población se desenvuelva en un ambiente libre de contaminación, en donde el aire, el agua, los suelos, las costas, el clima, la capa de ozono, las especies vivas, sean especialmente protegidos, de conformidad con la ley.”
Y el artículo 128:
“El Estado desarrollará una política de ordenación del territorio atendiendo a las realidades ecológicas, geográficas, poblacionales, sociales, culturales, económicas, políticas, de acuerdo con las premisas del desarrollo sustentable, que incluya la información, consulta y participación ciudadana. Una ley orgánica desarrollará los principios y criterios para este ordenamiento.”
En efecto, sí existe participación ciudadana en todos los ámbitos, dado que somos una democracia participativa y protagónica, y está expresada, o se hace referencia a ella, a lo largo de todo el articulado de la Constitución Bolivariana de Venezuela. En cuanto a si existe legislación ambiental, el Art. 127 nos habla de unos derechos y deberes, y de una obligación fundamental del Estado de garantizar un ambiente sano. El Art. 128, por su parte, habla del desarrollo de políticas ambientales donde se consulte a la participación ciudadana. En el Proyecto Nacional Simón Bolívar no aparece una línea estratégica dedicada especialmente al cuidado del medio ambiente, pero sí está manifiesta la preocupación sobre el cuidado y defensa del mismo a lo largo de algunas estrategias y políticas. Con respecto a si los venezolanos estamos participando en las políticas de educación y preservación del medio ambiente hay que decir que sí. Lo que hay que considerar es si estamos participando con un principio de responsabilidad. Me refiero al aspecto que tiene que ver con la refundación ética y moral de la nación que queremos transformar.
Al respecto, nos encontramos con el objetivo planteado en la primera directriz del Proyecto Nacional Simón Bolívar, el Plan Nacional de Desarrollo Económico y Social de la Nación, (2007-2013):  
Crear una sólida arquitectura ética de valores que conformen la Nación, la República y el Estado moral-socialista”.
Esta ética de valores, según se desprende del primer plan socialista, deberá fundarse en las corrientes humanistas del socialismo y el pensamiento doctrinario del libertador Simón Bolívar. Uno se pregunta si un proyecto ético y moral de tal magnitud, orientado a dar forma a la conciencia revolucionaria del ciudadano, de ser implementado, sería la clave para una participación efectiva en las políticas públicas, cualesquiera que desarrolle el Estado. Voy a mencionar aquí un caso referente a las políticas ambientales. Con la implementación de la política de ahorro de agua impuesta por el gobierno nacional, por motivo de la escasez de lluvias en todo el país, se logró, según informó el Ing. Alejandro Hitcher, ministro del poder popular para el Ambiente, que la ciudadanía del Distrito Capital ahorrara 30 millones de litros de agua en pocas semanas. Esto, al parecer, es una muestra de que en nuestra relación con el medio ambiente, los revolucionarios, sí podemos realizar tareas con miras a emprender un proyecto ético y moral. Solo que hace falta que el gobierno nacional tenga que intervenir para que las leyes sean acatadas. Es decir, no cumplimos con esa cuota de ahorro de agua por iniciativa propia y atendiendo a los principios y valores éticos sobre el correcto uso de los recursos naturales. Esta situación nos plantea la necesidad de una educación ambiental guiada  bajo el principio de responsabilidad.  Decimos esto dado que, si bien hemos llegado al gobierno y estamos ejerciendo la participación ciudadana, al parecer no tenemos suficientes herramientas que nos sirvan de referentes éticos para apuntar hacia valores tales como, el bien común, la corresponsabilidad moral, la eficiencia, la honestidad, la solidaridad, el amor, el respeto a la naturaleza, entre otros. Nuestra actuación, en cambio, está impregnada de antivalores como el  individualismo, el egoísmo, el consumismo, la destrucción de la naturaleza; rendimos culto al fetiche materialista y a la corrupción, la felicidad está en la acumulación de riquezas. Muchos ejercemos la participación ciudadana pero abrumados por una conciencia capitalista. Nos hacemos elegir voceros de un consejo comunal en nuestra comunidad no por nuestra convicción de luchadores sociales, porque queremos proteger el medio ambiente o transformar el mundo, sino que lo hacemos porque intuimos que al administrar fondos nos puede quedar una ganancia, hablando en términos económicos. De tal manera que la preocupación no radica tanto en la certeza de si existen derechos políticos reconocidos en la constitución nacional, de si los conocemos y los ejercemos a plenitud, y de manera espontánea, de si participamos o no en la gestión pública. El conflicto más bien radica en que nuestra actuación está de antemano viciada por la ética del capital.
Recordemos las tres estrategias y políticas que se desprenden de la primera línea estratégica del Plan de Desarrollo Económico y Social de la Nación, 2007-2013:
1-3.1  “Transformar la sociedad material y espiritualmente”,
1-3.2  “Desarrollar la conciencia revolucionaria”,
1-3.3   “Superar la ética del capital”.
Considerando estas estrategias y políticas, uno debería reflexionar y  preguntarse: ¿Qué estamos haciendo los venezolanos para intentar cambiar el estado de cosas? ¿Estamos realmente formando el hombre nuevo y la mujer nueva? ¿Estamos generando una política educativa destinada a neutralizar la ética del capital, que nos permita desmontar la muralla ideológica desde la cual se atrinchera el capitalismo? ¿Estamos todos siendo lo suficientemente corresponsables en la materialización de estas estrategias? ¿Es decir, somos partícipes espontáneos en el diseño y realización de tareas concretas que nos ayuden a lograr las metas que nos exijan estas líneas estratégicas? ¿No hace falta una ética revolucionaria que guíe nuestra participación? Podríamos concluir entonces que está latente una carencia de principios y valores en términos de una ideología revolucionaria. Una debilidad ideológica campea en amplios sectores de la población. Nuestro Presidente ha estado insistiendo en la creación de una “escuela de cuadros”, en que instancias de participación como los consejos comunales, deben transcender su gestión comunitaria a la promoción del trabajo político e ideológico. “Los cuadros políticos deben ser fundamentalmente pedagogos populares, capaces de potenciar toda la sabiduría que existe en el pueblo” (El Troudi, Harnecker, Bonilla-Molina, 2005). Una educación en valores socialistas se hace necesaria. Una educación que vaya más allá de la adquisición de conocimientos. “Una educación que asuma los valores éticos fundamentales tales como: 1) El amor a la verdad; 2) El apego a la sobriedad y a la lealtad; 3) La dedicación y la responsabilidad al trabajo; 4) El interés por preservar la justicia y el bien común. En contraposición a antivalores como la venganza, el odio, la hipocresía, la avaricia, el egoísmo y la cobardía.” González, (2007)El trabajo y el estudio deben ser permanentes. De lo que se trata es de una revolución ética; una revolución de la conciencia. Nuestra participación ciudadana en la gestión pública debe estar impregnada de una ética revolucionaria. La educación y los valores son clave y deberían ir de la mano. Por tal razón lo expresó Bolívar en el discurso de Angostura*:
“Moral y luces son los polos de una república, moral y luces son nuestras primeras necesidades."

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* Discurso pronunciado por Simón Bolívar el 15 de febrero de 1819, en la provincia de Guayana, con motivo de la instalación del segundo Congreso Constituyente de la República de Venezuela en San Tomé de Angostura (hoy Ciudad Bolívar); publicado en el Correo del Orinoco, números 19, 20, 21 y 22 del 20 de febrero al 13 de marzo de 1819.