Con
la aprobación de la constitución de la República Bolivariana de Venezuela el 15
de diciembre de 1999, se dio un gran paso hacia la refundación de la república
y a la construcción de un nuevo estado con el cual se pretende la creación de a
una nueva sociedad democrática, participativa y protagónica. Se establecieron
unos valores y principios fundamentales, que constituyen la base para lograr
cambios estructurales en la sociedad venezolana y desmontar una vieja
institucionalidad. Se aspira a lograr una nueva institucionalidad regida
por unos principios fundamentales, entre los que se destaca, primordialmente,
la ampliación de los derechos de participación que tiene las comunidades en la
gestiones de cada uno de los poderes públicos. Para tal efecto, el artículo 62
del texto constitucional dice lo siguiente:
“Todos los ciudadanos y
ciudadanas tienen el derecho de participar libremente en los asuntos
públicos directamente o por medio de sus representantes
elegidos o elegidas.
La participación del pueblo en la
formación, ejecución y control de la gestión pública es el medio necesario para
lograr el protagonismo que garantice su completo desarrollo, tanto individual
como colectivo. Es obligación del Estado y deber de la sociedad
facilitar la generación de las condiciones más favorables para su práctica.”
Escarrá, (2003) declara: “El
artículo 62 constitucional se nos presenta como un imperativo del más alto
orden que constituye al ciudadano como un verdadero contralor social, quienes a
través de los distintos mecanismos y formas de participación establecidos en el
ordenamiento jurídico, entablan una dialéctica permanente y constante con las
instituciones y órganos que conforman al Estado, a los efectos de llevar la
conducción de la actividad gubernamental”. Se entiende que la participación
tiene que ver con la formación, ejecución y control de la gestión pública, y la
respectiva garantía del ejercicio de este derecho.
El
artículo 70 también reza:
“Son medios de participación y
protagonismo del pueblo en ejercicio de su soberanía, en lo político: la
elección de cargos públicos, el referendo, la consulta popular, la revocación
del mandato, las iniciativas legislativa, constitucional y constituyente, el
cabildo abierto y la asamblea de ciudadanos y ciudadanas cuyas decisiones serán
de carácter vinculante, entre otros; y en lo social y económico: las instancias
de atención ciudadana, la autogestión, la cogestión, las cooperativas en todas
sus formas incluyendo las de carácter financiero, las cajas de ahorro, la
empresa comunitaria y demás formas asociativas guiadas por los valores de la
mutua cooperación y la solidaridad.”
El
ciudadano común está consciente de que ahora dispone de unos medios y
mecanismos jurídicos para ejercer la participación. El artículo 2 de la Ley
Orgánica de los Consejos Comunales define:
“Los consejos comunales, en el
marco constitucional de la democracia participativa y protagónica, son
instancias de participación, articulación e integración entre los ciudadanos,
ciudadanas y las diversas organizaciones comunitarias, movimientos sociales y
populares, que permiten al pueblo organizado ejercer el gobierno comunitario y
la gestión directa de las políticas públicas y proyectos orientados a responder
a las necesidades, potencialidades y aspiraciones de las comunidades, en la
construcción del nuevo modelo de sociedad socialista de igualdad, equidad y
justicia social.”
Cuando
se habla de “gestión directa de políticas públicas” se hace referencia a la
implementación de toda esa gama de políticas que debe implementar el Estado
teniendo como protagonista a las comunidades organizadas. Ahora, hay que
preguntarse si esta participación activa de las comunidades se desarrolla, con
el mismo entusiasmo, en todas las políticas trazadas por el Estado, en
cumplimiento del Plan Nacional de Desarrollo Económico y Social 2007-2013; de
la misma forma, si hay una participación efectiva de las comunidades, por
ejemplo, en las políticas de educación y preservación del medio ambiente. Para
responder a estos interrogantes hay que establecer primero si el Estado
venezolano actualmente legisla sobre la protección del medio ambiente y/o
desarrolla políticas ambientales.
El
artículo 127 dice:
“Es un derecho y un deber de cada
generación proteger y mantener el ambiente en beneficio de sí misma y del mundo
futuro. Toda persona tiene derecho individual y colectivamente a disfrutar de
una vida y de un ambiente seguro, sano y ecológicamente equilibrado. El Estado
protegerá el ambiente, la diversidad biológica, los recursos genéticos, los
procesos ecológicos, los parques nacionales y monumentos naturales…
Es una obligación fundamental del
Estado, con la activa participación de la sociedad, garantizar que la población
se desenvuelva en un ambiente libre de contaminación, en donde el aire, el
agua, los suelos, las costas, el clima, la capa de ozono, las especies vivas, sean
especialmente protegidos, de conformidad con la ley.”
Y
el artículo 128:
“El Estado desarrollará una
política de ordenación del territorio atendiendo a las realidades ecológicas,
geográficas, poblacionales, sociales, culturales, económicas, políticas, de
acuerdo con las premisas del desarrollo sustentable, que incluya la
información, consulta y participación ciudadana. Una ley orgánica desarrollará
los principios y criterios para este ordenamiento.”
En efecto, sí existe participación ciudadana
en todos los ámbitos, dado que somos una democracia participativa y
protagónica, y está expresada, o se hace referencia a ella, a lo largo de todo
el articulado de la Constitución Bolivariana de Venezuela. En cuanto a si
existe legislación ambiental, el Art. 127 nos habla de unos derechos y deberes,
y de una obligación fundamental del Estado de garantizar un ambiente sano. El
Art. 128, por su parte, habla del desarrollo de políticas ambientales donde se
consulte a la participación ciudadana. En el Proyecto Nacional Simón Bolívar no
aparece una línea estratégica dedicada especialmente al cuidado del medio
ambiente, pero sí está manifiesta la preocupación sobre el cuidado y defensa
del mismo a lo largo de algunas estrategias y políticas. Con respecto a si los
venezolanos estamos participando en las políticas de educación y
preservación del medio ambiente hay que decir que sí. Lo que hay que
considerar es si estamos participando con un principio de responsabilidad. Me
refiero al aspecto que tiene que ver con la refundación ética y moral
de la nación que queremos transformar.
Al
respecto, nos encontramos con el objetivo planteado en la primera directriz del
Proyecto Nacional Simón Bolívar, el Plan Nacional de Desarrollo Económico y
Social de la Nación, (2007-2013):
“Crear una sólida arquitectura
ética de valores que conformen la Nación, la República y el Estado
moral-socialista”.
Esta
ética de valores, según se desprende del primer plan socialista, deberá
fundarse en las corrientes humanistas del socialismo y el pensamiento
doctrinario del libertador Simón Bolívar. Uno se pregunta si un proyecto ético
y moral de tal magnitud, orientado a dar forma a la conciencia revolucionaria
del ciudadano, de ser implementado, sería la clave para una participación
efectiva en las políticas públicas, cualesquiera que desarrolle el Estado. Voy
a mencionar aquí un caso referente a las políticas ambientales. Con la
implementación de la política de ahorro de agua impuesta por el gobierno
nacional, por motivo de la escasez de lluvias en todo el país, se logró, según
informó el Ing. Alejandro Hitcher, ministro del poder popular para el Ambiente,
que la ciudadanía del Distrito Capital ahorrara 30 millones de litros de agua
en pocas semanas. Esto, al parecer, es una muestra de que en nuestra relación
con el medio ambiente, los revolucionarios, sí podemos realizar tareas con
miras a emprender un proyecto ético y moral. Solo que hace falta que el
gobierno nacional tenga que intervenir para que las leyes sean acatadas. Es
decir, no cumplimos con esa cuota de ahorro de agua por iniciativa propia y
atendiendo a los principios y valores éticos sobre el correcto uso de los
recursos naturales. Esta situación nos plantea la necesidad de una educación
ambiental guiada bajo el principio de responsabilidad. Decimos esto
dado que, si bien hemos llegado al gobierno y estamos ejerciendo la
participación ciudadana, al parecer no tenemos suficientes herramientas que nos
sirvan de referentes éticos para apuntar hacia valores tales como, el bien
común, la corresponsabilidad moral, la eficiencia, la honestidad, la
solidaridad, el amor, el respeto a la naturaleza, entre otros. Nuestra
actuación, en cambio, está impregnada de antivalores como el
individualismo, el egoísmo, el consumismo, la destrucción de la naturaleza;
rendimos culto al fetiche materialista y a la corrupción, la felicidad está en
la acumulación de riquezas. Muchos ejercemos la participación ciudadana pero
abrumados por una conciencia capitalista. Nos hacemos elegir voceros de un
consejo comunal en nuestra comunidad no por nuestra convicción de luchadores
sociales, porque queremos proteger el medio ambiente o transformar el mundo,
sino que lo hacemos porque intuimos que al administrar fondos nos puede quedar
una ganancia, hablando en términos económicos. De tal manera que la
preocupación no radica tanto en la certeza de si existen derechos políticos
reconocidos en la constitución nacional, de si los conocemos y los ejercemos a
plenitud, y de manera espontánea, de si participamos o no en la gestión pública.
El conflicto más bien radica en que nuestra actuación está de antemano viciada
por la ética del capital.
Recordemos
las tres estrategias y políticas que se desprenden de la primera línea
estratégica del Plan de Desarrollo Económico y Social de la Nación, 2007-2013:
1-3.1 “Transformar la sociedad material
y espiritualmente”,
1-3.2 “Desarrollar la conciencia
revolucionaria”,
1-3.3 “Superar la ética del
capital”.
Considerando estas
estrategias y políticas, uno debería reflexionar y preguntarse: ¿Qué estamos haciendo
los venezolanos para intentar cambiar el estado de cosas? ¿Estamos realmente
formando el hombre nuevo y la mujer nueva? ¿Estamos generando una política
educativa destinada a neutralizar la ética del capital, que nos permita
desmontar la muralla ideológica desde la cual se atrinchera el capitalismo?
¿Estamos todos siendo lo suficientemente corresponsables en la materialización
de estas estrategias? ¿Es decir, somos partícipes espontáneos en el diseño y
realización de tareas concretas que nos ayuden a lograr las metas que nos
exijan estas líneas estratégicas? ¿No hace falta una ética revolucionaria que
guíe nuestra participación? Podríamos concluir entonces que está latente una
carencia de principios y valores en términos de una ideología revolucionaria.
Una debilidad ideológica campea en amplios sectores de la población. Nuestro
Presidente ha estado insistiendo en la creación de una “escuela de cuadros”, en
que instancias de participación como los consejos comunales, deben transcender
su gestión comunitaria a la promoción del trabajo político e ideológico. “Los
cuadros políticos deben ser fundamentalmente pedagogos populares, capaces de
potenciar toda la sabiduría que existe en el pueblo” (El Troudi, Harnecker,
Bonilla-Molina, 2005). Una educación en valores socialistas se hace
necesaria. Una educación que vaya más allá de la adquisición de conocimientos.
“Una educación que asuma los valores éticos fundamentales tales como:
1) El amor a la verdad; 2) El apego a la sobriedad y a la lealtad; 3) La dedicación
y la responsabilidad al trabajo; 4) El interés por preservar la justicia y el
bien común. En contraposición a antivalores como la venganza, el odio, la
hipocresía, la avaricia, el egoísmo y la cobardía.” González, (2007). El trabajo y el estudio deben
ser permanentes. De lo que se trata es de una revolución ética; una revolución
de la conciencia. Nuestra participación ciudadana en la gestión pública debe
estar impregnada de una ética revolucionaria. La educación y los valores son
clave y deberían ir de la mano. Por tal razón lo expresó Bolívar en el discurso
de Angostura*:
“Moral y luces son los polos
de una república, moral y luces son nuestras primeras necesidades."